Asociaciones colectivas Asociaciones colectivas

Asociaciones colectivas

Asociaciones colectivas

En 2023, establecimos relaciones sólidas con un total de 12 sindicatos, que representan a 2 208 de nuestros trabajadores. Esta cifra, que supone el 75 % del total de nuestra fuerza laboral, refleja nuestro compromiso continuo con el diálogo y la colaboración constructiva para promover un ambiente laboral inclusivo y satisfactorio para la empresa en general. GRI 402-1

Cantidad de trabajadores afiliados según organización sindical GRI 2-30

N.º Organización sindical Cantidad de trabajadores afiliados
1 Sindicato de Trabajadores Administrativos de PETROPERÚ S.A. (STAPP) 993
2 Sindicato Nacional de Profesionales de Petróleos del Perú-PETROPERÚ S.A. (SINAPROPP) 276
3 Sindicato Unificado de los Trabajadores del Petróleo, Energía, Derivados y afines de la Región Grau (SUTPEDARG) 233
4 Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú SA-Operaciones Conchán (SUTRAPEP OC) 137
5 Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú-Operaciones Oleoducto (SIN OLE) 114
6 Sindicato Único de Trabajadores de Operaciones Selva (SU TOS) 72
7 Unión Sindical de Trabajadores de Petróleos del Perú-Operaciones Oleoducto (US OLE) 20
8 Sindicato de Unidad Nacional de Trabajadores Petroleros de PETROPERÚ S.A. (SIN UNTP) 74
9 Sindicato de Trabajadores de Petróleos del Perú-OFP (STPP OFP) 35
10 Sindicato de Trabajadores Refineros de PETROPERÚ-Refinería Talara (SITRAREPP) 71
11 Sindicato Nacional Único de Trabajadores Empleados y Administrativos de PETROPERÚ S.A. (SINUTREAPP) 155
12 Sindicato de Servidores de Petróleos del Perú – Operaciones en la Selva (SSERPPOS) 28
Total 2 208

Según el art. 28 “Alcances de la convención colectiva”, del Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas, respecto a los trabajadores que no se encuentran cubiertos por convenios colectivos, se precisa que el empleador no puede extender, de manera unilateral, los alcances de la convención colectiva. Cabe destacar que, en esta convención, las partes podrán establecer el alcance, las limitaciones o exclusiones que acuerden siempre que las mismas no establezcan diferencias injustificadas entre los/as trabajadores/as del ámbito o sean contrarias al ordenamiento jurídico.